BASES CONVOCATORIA PREMIOS ARGANZUELA 2022
XXXVI EDICIÓN PINTURA Y XIV EDICIÓN FOTOGRAFÍA
- Objeto y finalidad de la convocatoria.
El Distrito de Arganzuela establece las Bases por las que regirá la Convocatoria Premios Arganzuela
2022 XXXVI Edición Pintura y XIV Edición Fotografía, en régimen de concurrencia competitiva.
Constituye el objeto de estas bases regular la convocatoria del Certamen en las dos categorías
establecidas, cuya finalidad es el fomento de la cultura apoyando la actividad artística y creativa de
los ciudadanos de Madrid. - Régimen jurídico aplicable.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (B.O.E. 18-11-2003).
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 25-7-2006)
La Disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de
octubre 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria. - Premios.
Los premios que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito recogido en la
partida 2022/001/202/33401/48203 “Actividades culturales. Premios”. El importe total destinado a esta
convocatoria asciende a 5.250,00 euros.
3.1 Modalidad Pintura.
a) Primer premio: 1.400,00 euros.
b) Segundo premio: 725,00 euros.
c) Tercer premio: 500,00 euros.
3.2 Modalidad fotografía.
a) Primer premio: 1.400,00 euros.
b) Segundo premio: 725,00 euros.
c) Tercer premio: 500,00 euros.
El abono de premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los
beneficiarios, previa aportación del documento “Alta de pago por transferencia” o documento “T”, y se
tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.
Las obras ganadoras con los primeros, segundos y terceros premios en las dos modalidades
quedarán en propiedad del Distrito de Arganzuela, reservándose el derecho a exponerlas o
reproducirlas en los casos que estime conveniente. - Participantes.
Podrán participar en esta convocatoria, personas físicas, residentes en la Comunidad de Madrid,
mayores de edad en el momento de presentar las obras, siempre de forma individual y en nombre
propio. No podrán participar miembros del jurado.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que,
cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas
enumeradas en las citadas disposiciones.
La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y del fallo
inapelable del jurado. - Técnica y formato de las obras.
Cada participante podrá concurrir con una obra en cada una de las modalidades (pintura o fotografía).
Las obras deberán ser originales y no podrán haber sido premiadas en ningún otro certamen.
Modalidad de pintura: temática y técnica libres, las medidas no podrán ser inferiores a 80 centímetros,
ni superiores a 130 centímetros en cualquiera de sus lados, enmarcación incluida, si la hubiere.
Modalidad de fotografía: técnica libre sin limitación de colores, las medidas no podrán ser inferiores a
40 centímetros ni superiores a 120 centímetros en cualquiera de sus lados, enmarcadas en listón
blanco o negro.
Las obras que no cumplan con los criterios anteriores no serán admitidas. - Plazo y lugar de entrega.
Sala de exposiciones “La Lonja”, Distrito de Arganzuela – Paseo Chopera, 10
Del 10 al 29 de junio de 2022 de lunes a sábado en horario de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00
horas.
Junto con la documentación acreditativa:
Anexo I boletín de Inscripción con los datos del artista y de la obra.
Anexo II declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas
en el citado artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las
obligaciones de reintegro de subvenciones.
La ausencia o inexactitud de datos, puede dar lugar a la exclusión de la obra. No se admitirán obras
fuera del plazo establecido. - Criterios de valoración.
Las obras se puntuarán teniendo en cuenta su valor creativo e innovador, además de la calidad
artística y técnica, por cada miembro del jurado. - Jurado.
Las obras se valorarán conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases,
por un jurado compuesto:
Presidente: la Concejala del Distrito o persona en quien delegue.
Vocales: Jefe Unidad Servicios Culturales y Ocio Comunitario del Distrito o funcionaria/o del Distrito
que le sustituya, una directora del Centro Cultural del Distrito, un profesional en la materia (profesor,
licenciado en Bellas Artes, etc.), además de un representante de cada grupo político con
representación municipal y que desee participar.
Actuará como Secretaria/o el que lo es del Distrito o funcionaria/o del Distrito que le sustituya, con
voz, pero sin voto, que levantará acta de la resolución adoptada.
El fallo del jurado será inapelable, se hará público durante el mes de septiembre, comunicándose a
los premiados de forma individual. El jurado es el responsable de la interpretación de las bases, así
como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.
Instrucción, resolución y entrega de premios.
La instrucción del procedimiento corresponde al Coordinador del Distrito, a través de la Unidad
Servicios Culturales y Ocio comunitario.
El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará a
la Concejala Presidenta.
Se prescinde del trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La resolución por la que se conceden los premios a cargo del Distrito pone fin a la vía administrativa y
se publicarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución y/o recurso
contencioso-administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución.
El acto de entrega de premios se realizará durante el mes de septiembre de 2022. - Exposición y cesión de derechos de las obras.
Del 03 al 28 de septiembre de 2022, en “La Lonja” de la Casa del Reloj (Paseo Chopera, 10), de
lunes a sábado en horario de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 horas.
La organización de los Premios Arganzuela se reserva los derechos de reproducción total o parcial de
las obras expuestas para su comunicación, publicación o difusión por cualquier medio y en cualquier
formato. - Responsabilidades.
Al no existir una póliza de seguro que cubra posibles daños durante la exposición, el Distrito de
Arganzuela no se hace responsable de los mismos, asumiendo los y las participantes los posibles
riesgos que se deriven de la realización de la exposición.
En caso de que en las obras se representen imágenes de personas, éstas deberán ser tratadas en
los términos establecidos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Los y las participantes asumen la
responsabilidad total y exclusiva en caso de reproducir imágenes de personas reconocibles. - Retirada de obras.
Se retirarán, previa presentación del justificante, en la misma dependencia de su entrega hasta el 31
de octubre de 2022, de lunes a viernes en horario de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 horas. Las
obras entregadas por agencias de transporte se retirarán de la misma manera, sin que el Distrito se
haga cargo de su coste.
Las obras seleccionadas, no podrán ser retiradas hasta finalizar la exposición.
Transcurrido el plazo de recogida, las no retiradas, pasarán a ser propiedad del Distrito, pudiendo
éste disponer de ellas como estime oportuno. - Publicación.
La convocatoria del Certamen se publicará conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases
Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Los premios concedidos se publicarán en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en
sede electrónica www.madrid.es
Madrid, a 1 de febrero de 2022
Concejala presidenta de Arganzuela – M Cayetana Hernández de la Riva